Somos un Organismo Público Descentralizado que presta servicios integrales de salud a la persona y a la comunidad,
bajo los principios de universalidad, interculturalidad, calidad y calidez, basados en un sistema de atención primaria
de la salud, privilegiando la prevención y la promoción para coadyuvar en la mejora de la salud de los jaliscienses.
Misión, visión, valores
institucionales y alineación al
Plan Estatal
Misión Institucional
Visión Institucional
El Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, es un organismo líder en la prestación de servicios
de salud en Jalisco, que genera estrategias de prevención y promoción de la salud como eje operativo, garantiza la
calidad y calidez en la atención, mediante el abasto de medicamentos e insumos y dignifica el trabajo de los
profesionales de la salud.
Valores institucionales
Los valores que guían al OPD-SSJ, cuya declaración se recoge en el Código de Conducta del Organismo Público
Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, y reafirmados en sesión del Comité de Ética, Conducta y Prevención de
Conflictos de Interés (14/07/2022), forman parte de este Plan Institucional; parten de una concepción humanista, de
justicia y solidaridad social, en la que se destaca el valor trascendente de la persona humana, de la familia como
institución básica y de la sociedad civil como actor principal en la consecución del bien común, permean a todas las
unidades que lo conforman y son de observancia obligada en la prestación de servicios, a continuación se enlistan:
1. Competencia por mérito: implica contratar a las personas que cuenten con los mejores conocimientos, actitudes
y habilidades para llevar a cabo de manera eficiente yeficazun empleo, cargo o comisiónenla administración pública
del Estado;
2. Confidencialidad: el cuidado que deben tener las personas servidoras públicas en cuanto a la obtención,
generación, posesión,administración,transmisióny protecciónde datospersonalescontenidosenla documentación e información que conozcan con motivo de sus funciones;
3. Economía: es el aprovechamiento y optimización de los recursos que usen, administren o ejecuten las personas
servidoras públicas con motivo de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
4. Eficacia: es la capacidad que deben tener las personas servidoras públicas para alcanzar metas y objetivos
institucionales que deriven del ejercicio de su empleo, cargo o comisión;
5. Eficiencia: es la optimización de los recursos asignados a las personas servidoras públicas para lograr los objetivos
relacionados con el ejercicio de sus funciones;
6. Equidad: es la acción de las personas servidoras públicas consistentes en no favorecer en el trato a una persona
perjudicando a otra en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión;
7. Honradez: las personas servidoras públicas deberán abstenerse de utilizar su empleo, cargo o comisión para
obtener algún provecho o ventaja personal, para sí, su cónyuge o parientes con sanguíneos o por afinidad hasta el
cuarto grado o de solicitar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que
puedan comprometer su buen desempeño;
8. Imparcialidad: las personas servidoras públicas brindan a las personas en general el mismo trato, cuando se
encuentran bajo las mismas circunstancias; y se abstienen de conceder privilegios o preferencias en razón de
intereses personales, familiares o de negocios que causen una afectación al desempeño objetivo de sus funciones;
9. Igualdad de trato y oportunidades, inclusión y no discriminación: consiste en la garantía por parte de las personas
servidoras públicas de que en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, otorgarán igualdad de trato y
oportunidades a las personas con las que se relacione, así como eliminar losobstáculos que impidan o limiten el goce
y ejercicio de los derechos y libertades fundamentales reconocidos, sin distinción, restricción, o preferencia basada
en la pertenencia a algún grupo étnico, nacionalidad, color de piel, cultura, sexo, género, edad, condición social,
condiciones económicas, condición de salud, jurídica, religión, apariencia, física, situación migratoria, gravidez,
lenguaje, identidad o filiación política, estado civil, idioma, o cualquier otro motivo;
10. Independencia: implica que las personas servidoras públicas estén libres de influencias, presiones, simpatías o
afectos que pongan en riesgo su capacidad para cumplir con sus responsabilidades de manera neutral y equilibrada;
11. Integridad: las personas servidoras públicas actúan de manera congruente con los principios y valores que deben
observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, apegándose su conducta a reglas de integridad que
respondan a una actuación ética y responsable, que genere confianza en su gestión;
12. Lealtad: las personas servidoras públicas corresponden a la confianza que la administración pública del Estado les ha conferido; mantienen una vocación absoluta de servicio a la sociedad y se satisface el interés superior de las
necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o de negocios, ajenos al interés general y
bienestar de la población;
13.Legalidad: laspersonasservidoraspúblicasse apegan,enel ejercicio de susfuncionesa losprocedimientosyactos
que las normas expresamente le confieren al empleo, cargo o comisión que desempeñan;
14. Objetividad: consiste en el cumplimiento de sus funciones por parte de las personas servidoras públicas, sin
subordinar su juicio a criterios ajenos a la naturaleza del acto o procedimiento a analizar o resolver, sustentándolas
únicamente en las evidencias suficientes, competentes, pertinentes y relevantes;
15. Profesionalismo: es la capacidad y preparación que deben tener las personas servidoras públicas para el ejercicio
de su empleo cargo o comisión;
16. Respeto a la dignidad humana: consiste en la garantía por parte de las personas servidoras públicas de que en el
ejercicio de su empleo, cargo o comisión de salvaguardar la integridad de las personas respecto de las conductas de
hostigamiento sexual y acoso sexual que constituyen faltas de respeto, diligencia y rectitud hacia las personas con las
que ustedtiene relaciónconmotivo del empleo,cargoo comisión, que atentancontra losvaloreséticos, losderechos
humanos y la integridad física o psicológica, constituyendo una infracción que da lugar a un procedimiento y a una
sanción, en términos de las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas; y
17. Transparencia: consiste en el derecho fundamental de toda persona al acceso a la información pública
gubernamental de forma clara, oportuna y veraz, sin más límites que el interés público y los derechos de privacidad
que la ley de la materia establece.
Generar empatía en la prestación de servicios es fundamental y particularmente la compasiva en aquellos que se
proporcionan para el alivio del sufrimiento humano, pues el sentimiento se traduce en acción; la responsabilidad, la
prestación de servicios con calidad y calidez, el compromiso, la vocación de servicio y el humanismo, adicionan valor
para cuidar del bien más valioso que posee la persona: su salud. En la prestación de nuestros servicios no basta hacer
el bien, hay que hacerlo bien.